¿En quién recae la responsabilidad del ciclo de vida de los residuos? ¿Cuáles son los productos prioritarios? Estas son algunas de interrogantes que resuelve la ley de reciclaje. 

En Chile, las normativas sobre residuos se han centrado exclusivamente en su disposición final. Esto ha provocado la proliferación de vertederos y micro basurales ilegales, ubicados en las periferias urbanas y que impactan negativamente en comunas de bajos ingresos. Redefinir el enfoque de gestión de residuos y valorizarlos es uno de los objetivos de la Ley del Reciclaje y Responsabilidad Extendida del Productor, que entró en vigencia el 1 de junio de 2016.

El Dr. Fabián Jaksic, actual director del Centro de Ecología Aplicada y Sustentabilidad e integrante del Grupo Asesor en Medio Ambiente (Gama) del Centro de Políticas Públicas, tuvo una activa participación en el análisis legislativo previo a la promulgación de la ley. 

Seis productos claves

Lubricantes, baterías y pilas son residuos de alta toxicidad para el medio ambiente. En el mejor escenario son reciclados o enviados a puntos limpios, pero en el peor de los casos se entierran en los rellenos sanitarios, contaminando los suelos y las aguas subterráneas. Sin embargo, estos productos tienen un valor económico residual y, por lo tanto, se pueden vender. Por ejemplo, señala el investigador Jaksic, los lubricantes se pueden reciclar para volver a convertirlos en lubricantes o para controlar las partículas de polvo en la atmósfera; de las baterías se puede recuperar el ácido sulfúrico para limpiar fosas sépticas o calderas y, dependiendo del tipo de pilas se puede extraer el litio.

De acuerdo a la ley, neumáticos; aparatos eléctricos y electrónicos; envases y embalajes son también productos prioritarios. Los neumáticos pueden reciclarse para usarse en el asfalto, como combustible o para fabricar nuevamente neumáticos. De los aparatos eléctricos y electrónicos, en cambio, se puede extraer oro de su interior, cobre de la pantalla y litio de la batería. Por último, el reciclaje más antiguo es el de envase de vidrio y de plástico. No obstante, puntualiza el Dr. Jaksic, el polietileno y el tetra pack son los más problemáticos porque no se reciclan si en su interior quedan vestigios de residuos líquidos; mientras que los embalajes, como pelets o placas pueden volver a convertirse en plásticos.

Para disminuir la generación de residuos y fomentar la reutilización, reciclaje y valorización de los mismos, la ley instaura la figura de Responsabilidad Extendida del Productor. Esto significa que el actor protagónico del ciclo de vida del residuo recae en el productor de productos prioritarios, quien se encargará de desarrollar un sistema de gestión para un periodo de 5 años y, que será validado por el Ministerio de Medio Ambiente. 

En la práctica, la ley favorece el negocio del reciclaje, pero quien paga el costo es el consumidor final. “En términos económicos, lo que estamos haciendo es encareciendo los costos de los consumidores con miras a proteger el ambiente. No hay que olvidar que la sustentabilidad parte del principio que el bienestar de las generaciones actuales no deberían arriesgar el bienestar de las nuevas generaciones”, señala el académico. Ahora queda pendiente para la plena aplicación de la ley su respectivo decreto y reglamento.