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Columna de opinión: Los desafíos que debemos enfrentar para desarrollar una legislación en el Derecho Animal

  • 25 Julio, 2018

Te invitamos a leer esta interesante columna del área de las ciencias sociales, para aprender un poco más sobre un tema que constantemente está en la palestra.


 
Por: Israel González Marino[1]
Desde hace algunos años la cuestión de los derechos de los animales ha cobrado cada vez más fuerza en la sociedad. Los estudios científicos han ido desdibujando la gruesa línea que separaba a los seres humanos del resto de los animales no humanos. Mucho antes, Darwin ya había afirmado que nuestras diferencias con el resto de los animales no son de esencia, sino de grado. Es así como hoy muchas veces nos asombramos con algunas de las capacidades del resto de los habitantes del planeta. A modo de ejemplo, está la inteligencia de los cerdos, asimilable a la de un niño de tres años; las complejas interacciones sociales de los elefantes y su capacidad de demostrar empatía y solidaridad; y la indudable inteligencia de los primates. Cómo no recordar a la hace poco fallecida gorila Koko, de San Francisco, que manejaba más de mil signos de la lengua de señas americana y comprendía más de dos mil palabras del inglés hablado.IMG 7607

Sin embargo, en la actualidad el tema de los derechos de los animales no se funda en lo inteligentes o no que puedan ser los animales no humanos. Hace más de un siglo, el famoso filósofo Jeremy Bentham afirmaba que la pregunta no es ¿pueden razonar? ni ¿pueden hablar? Sino más bien ¿pueden sufrir? Pues efectivamente hoy no existen dudas de que, así como nosotros sentimos dolor cuando tocamos un objeto muy caliente o cuando recibimos un golpe, ellos también sienten dolor cuando pasan frío, calor, hambre, o cuando los golpeamos y maltratamos.

Es por todo lo anterior que hace unas cuantas décadas se viene legislando sobre el tema alrededor del mundo, prohibiendo actos de crueldad en contra de ellos, regulando las condiciones y el trato que se les da en la industria ganadera o en la experimentación, así como también se han prohibido o restringido una serie de actividades en las que se suelen utilizar, como en circos, celebraciones religiosas, tradiciones culturales y hasta la propia tenencia de ellos como mascotas.

Chile no ha estado al margen de esta tendencia, es así como el año 2009 entró en vigor la ley 20.380 sobre protección de animales, que “establece normas destinadas a conocer, proteger y respetar a los animales, como seres vivos y parte de la naturaleza, con el fin de darles un trato adecuado y evitarles sufrimientos innecesarios” (artículo 1). Y más recientemente en 2017, con la ley 21.020 sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, se determinaron las obligaciones y derechos de los responsables de tales animales y se dictó una serie de normas destinadas a proteger su salud y bienestar, así como la salud pública y de las personas, entre otras cuestiones.

Si bien los avances en esta materia han sido importantes, lo cierto es que para los propios animales no humanos las cosas no han cambiado mucho, pues siguen siendo vistos como objetos. Es así como todavía se les maltrata y abandona sin mucho temor a una condena judicial severa, aún se experimenta con ellos a pesar de existir sofisticados modelos computacionales que permiten reemplazar su uso, y para qué hablar de la industria ganadera y los horrores que aún se cometen al interior de esos verdaderos campos de concentración modernos.

Afortunadamente, el desarrollo del Derecho Animal como rama emergente del Derecho, ha  cuestionado la condición de objetos asignada a los no humanos, muestra de ello es que en 2005 un tribunal brasileño concedió un habeas corpus en favor la chimpancé llamada Suiza, quien lamentablemente fue encontrada muerta en su celda un día antes de su liberación. Casi una década más tarde, a fines del año 2014, diversos medios de comunicación difundían la noticia del histórico fallo de la II Sala de la Cámara Federal de Casación Penal Argentina, que concedió un habeas corpus en favor de la orangutana Sandra, reconociéndole la calidad de sujeto de derechos. Sentencias de este tipo se han ido replicando en los años siguientes, llegando incluso a afirmar un tribunal que, como sujetos, poseen un catálogo de derechos fundamentales que debe ser objeto de estudio y enumeración por los órganos estatales que correspondan.

Lo anterior supone desafíos enormes no solo para el Derecho, sino que, para la sociedad en su totalidad, pues demanda cuestionar nuestras formas de vida, exige revisar la manera que tenemos de comprender nuestro entorno, y constituye una invitación a reconocer en ellos un otro que posee una individualidad, que tiene intereses, y que también tiene un lugar en este planeta.

 
[1] Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica del Norte. Magíster en Desarrollo Curricular y Proyectos Educativos por la Universidad Andrés Bello. Máster en Derecho Animal y Sociedad por la Universidad Autónoma de Barcelona. Académico y Jefe de Carrera de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Católica del Norte, Sede Coquimbo. Correo electrónico: igonzalezm@ucn.cl
 

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